Neutralidad de Internet


Bloqueo de Contenidos
Conforme a la Ley 679 de 2001 y demás normativas aplicables, no se realiza ningún bloqueo de contenidos, excepto aquellos que deben ser bloqueados por mandato legal, como los relacionados con la pornografía infantil. Este bloqueo se lleva a cabo estrictamente para cumplir con las disposiciones legales y proteger a los usuarios.

Gestión de Tráfico
En cumplimiento con los principios de la neutralidad de la red, se implementan medidas de gestión de tráfico que son razonables, proporcionales y no discriminatorias. Estas medidas están diseñadas para mantener la integridad y seguridad de la red, y se aplican equitativamente sin favorecer o perjudicar a ningún proveedor, servicio, contenido o protocolo específico.

Acceso y Prioridad
No se impone ninguna limitación al acceso de los usuarios a internet. En concordancia con las regulaciones de neutralidad de la red, no se realizan prácticas de priorización, degradación o bloqueo que afecten a algún proveedor, servicio, contenido o protocolo específico. Se garantiza que cada usuario pueda acceder libremente a cualquier contenido y servicio, promoviendo así una red abierta y sin discriminación.

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